El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Polonia por negar la existencia legal del hijo de una pareja de mujeres

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Family at home. Grandmother with daughter and granddaughter. Women in a white sweaters.

¿Qué ocurre cuando un niño existe para un país, pero no para otro? Esa es la situación a la que se enfrentan todavía muchas familias lesbomarentales en Europa. Aunque pueda parecer difícil de creer, cruzar una frontera puede significar que un menor deje de ser reconocido legalmente como hijo de sus dos madres.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acaba de volver a recordar que esa situación vulnera los derechos fundamentales de los menores y de sus familias. En una sentencia hecha pública este mes, el tribunal ha condenado a Polonia por negarse a inscribir el certificado de nacimiento de un niño nacido en el extranjero de una pareja de mujeres.

Un niño reconocido en un país, pero no en otro

El caso afecta a una pareja de mujeres cuyo hijo nació legalmente en Reino Unido donde ambas figuraban como madres en el certificado de nacimiento. Sin embargo, cuando solicitaron la inscripción del nacimiento en Polonia, las autoridades se negaron porque el documento incluía a dos madres.

La consecuencia iba mucho más allá de una cuestión administrativa. Sin esa inscripción, el menor encontraba dificultades para ejercer derechos básicos relacionados con su identidad jurídica y su vida cotidiana.

El TEDH concluyó que esa negativa vulnera el derecho al respeto de la vida privada y familiar protegido por el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. El tribunal recordó que los Estados deben garantizar que los niños no queden atrapados en un vacío legal por la orientación sexual de sus progenitores.

No es un caso aislado

La sentencia llega en un contexto especialmente relevante para Polonia. En los últimos años, el TEDH ya ha condenado al país en varias ocasiones por la falta de reconocimiento jurídico de las parejas del mismo sexo y de sus familias.

En 2023, el tribunal declaró que Polonia incumplía el Convenio Europeo al no ofrecer ningún tipo de reconocimiento legal a las parejas del mismo sexo. Posteriormente, también consideró contrario a los derechos humanos negarse a reconocer matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en otros países europeos.

La nueva resolución continúa esa misma línea: aunque cada Estado tenga competencias para regular su derecho de familia, el interés superior del menor debe prevalecer cuando se trata de reconocer su identidad y sus vínculos familiares.

Una realidad que también viven otras familias

Para muchas madres lesbianas, estas noticias no son simples debates jurídicos. Hablan de cuestiones tan cotidianas como poder viajar, solicitar un documento de identidad, matricular a un hijo en un colegio o acudir al médico sin tener que demostrar constantemente quiénes son.

En los últimos años, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos han ido construyendo una jurisprudencia cada vez más sólida para proteger a los menores nacidos en familias homoparentales. La idea es sencilla: los derechos de un niño no deberían desaparecer al cruzar una frontera dentro de Europa.

Europa avanza… pero no al mismo ritmo

Mientras países como España reconocen plenamente la filiación de los hijos de matrimonios de dos mujeres desde hace años, otros Estados europeos siguen poniendo obstáculos legales a estas familias.

Eso provoca situaciones paradójicas: un niño puede ser hijo legal de dos madres en un país, pero dejar de serlo cuando su familia viaja o se traslada a otro Estado miembro.

Por eso, organizaciones de derechos humanos llevan tiempo reclamando un reconocimiento mutuo de la filiación en toda Europa que garantice la continuidad de los derechos de los menores con independencia del país en el que se encuentren.

Lo que realmente protege esta sentencia

La resolución del TEDH no trata únicamente sobre certificados de nacimiento. Habla del derecho de un niño a que su familia sea reconocida.

Porque ningún menor debería tener que demostrar una y otra vez quiénes son sus madres. Ni ninguna familia debería ver cuestionada su existencia por cambiar de país.

Cada nueva sentencia en este sentido supone un paso más hacia una Europa en la que los derechos de los niños dependan de quiénes son… y no de a quiénes aman sus madres.