Qué hacer si viajas con tus hijos a un país que no reconoce la doble maternidad

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Qué hacer si viajas con tus hijos a un país que no reconoce la doble maternidad
Qué hacer si viajas con tus hijos a un país que no reconoce la doble maternidad

Tienes un hijo. En su certificado de nacimiento aparecen sus dos madres. Las dos sois legalmente sus progenitoras en España.

Compráis unos billetes de avión, preparáis las maletas y entonces aparece una pregunta que probablemente muchas familias lesbianas ni siquiera nos habíamos planteado antes de ser madres:

¿Qué ocurre si viajamos a un país que no reconoce legalmente que un niño pueda tener dos madres?

¿Puede una de nosotras dejar de ser considerada su madre durante el viaje? ¿Qué ocurre si el niño necesita atención médica? ¿Y si viajamos solo una de las dos? ¿Tenemos que llevar el libro de familia? ¿Una autorización de la otra madre?

La respuesta depende muchísimo del destino.

Y hay una primera diferencia fundamental: no es lo mismo viajar dentro de la Unión Europea que hacerlo a un tercer país.

Dentro de la Unión Europea: vuestra familia tiene una protección importante

Una familia puede viajar a un Estado miembro cuya legislación interna no contemple la doble maternidad. Eso no significa que ese país pueda ignorar sin más la filiación del menor cuando están en juego sus derechos europeos.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo dejó especialmente claro en 2021 en el conocido como caso Pancharevo.

La historia, además, afectaba directamente a una familia con dos madres y a España.

Una niña había nacido en España y su certificado español de nacimiento reconocía a dos mujeres como sus madres. Una de ellas era búlgara. Bulgaria, cuya legislación no contemplaba esa filiación, puso obstáculos para expedir a la niña documentación búlgara.

El Tribunal de Justicia determinó que el Estado miembro debía permitir que la menor obtuviera la documentación necesaria y reconocer el documento expedido por el otro Estado miembro para que pudiera ejercer con cualquiera de sus dos madres su derecho a circular y residir libremente dentro de la Unión Europea.

Esto es importante.

Un Estado de la UE no está obligado por esa sentencia a modificar toda su legislación familiar y reconocer la doble maternidad para absolutamente todos los efectos de su derecho nacional.

Pero sí debe reconocer la relación entre el niño y sus madres cuando resulte necesario para ejercer los derechos que derivan del Derecho de la Unión, especialmente la libre circulación.

Por tanto, viajar de vacaciones dentro de la UE ofrece una protección jurídica considerablemente mayor que hacerlo fuera de ella.

Fuera de la Unión Europea la situación cambia

Aquí ya no existe esa misma obligación europea común.

Cada país tiene su legislación sobre filiación, responsabilidad parental, matrimonio entre personas del mismo sexo y derechos LGTBI.

Y las diferencias son enormes.

Hay países donde las parejas del mismo sexo no pueden casarse pero las relaciones homosexuales son legales.

Otros donde las familias homoparentales carecen de reconocimiento jurídico.

Y existen países donde las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo continúan estando criminalizadas, incluso con penas extremadamente graves.

Por eso, antes de viajar con nuestros hijos fuera de la UE, no basta con comprobar si necesitamos visado.

Conviene comprobar también cuál es nuestra situación como familia en ese destino.

Antes de comprar el billete: comprobar la legislación LGTBI del país

El Ministerio de Asuntos Exteriores publica recomendaciones de viaje específicas para cada país y muchas incluyen un apartado dedicado a las personas LGTBI.

Conviene consultarlo incluso si vamos simplemente una semana de vacaciones.

No es lo mismo viajar a un país que no permite el matrimonio igualitario pero donde las relaciones entre mujeres son legales que hacerlo a un Estado donde la homosexualidad está penalizada.

Y aquí hay que tomar una decisión familiar sobre el nivel de riesgo que estamos dispuestas a asumir.

No se trata solamente de preguntarnos:

“¿Podemos entrar?”

También:

“¿Qué ocurriría si nuestro hijo tuviera un accidente?”

“¿Podrían reconocer a cualquiera de nosotras como su representante?”

“¿Qué documentación nos pedirían?”

“¿Qué ocurriría si tuviéramos que acudir a la policía?”

“¿Qué protección tendría nuestra familia ante una emergencia?”

En destinos con legislación especialmente hostil hacia las personas LGTBI, merece la pena valorar seriamente si ese viaje compensa el riesgo.

¿Qué documentación conviene llevar?

El primer documento es evidente:

el pasaporte o DNI del niño que corresponda según el destino.

Pero cuando viajamos como familia homoparental puede ser prudente llevar algo más.

Certificado de nacimiento

Especialmente cuando viajamos fuera de la UE, resulta aconsejable llevar una copia del certificado de nacimiento donde figuren las dos madres.

Es el documento que acredita jurídicamente algo que quizá la persona que tenemos delante no espera encontrarse: que ese niño tiene legalmente dos madres.

Dependiendo del destino y del trámite para el que pudiera necesitarse, puede ser útil informarse previamente de si conviene llevar una copia plurilingüe, una traducción jurada o documentación apostillada/legalizada.

No existe una regla universal.

Precisamente por eso hay que comprobar las exigencias del país concreto.

Libro de familia u otra documentación de filiación

El Ministerio del Interior español menciona expresamente el libro de familia, junto con DNI, pasaporte u otros documentos, entre la documentación que puede acreditar filiación y patria potestad en determinados trámites relacionados con viajes de menores.

Si lo tenemos, puede ser útil llevarlo.

Pero no debemos confiar exclusivamente en él.

Documentación sobre responsabilidad parental

Si existe una resolución judicial, adopción, reconocimiento de filiación u otro documento relevante para nuestra familia, conviene valorar llevar una copia.

Especialmente si la filiación de una de las madres no resulta evidente en los documentos de viaje del menor.

¿Y si viaja solamente una de las madres?

Esta es probablemente una de las situaciones más habituales.

Una madre viaja sola con su hijo mientras la otra se queda en España.

En España, un menor español que sale del país acompañado por uno de sus progenitores no necesita, por la normativa española general de salida, la autorización de viaje que se exige cuando viaja solo o con una persona que no ejerce la patria potestad.

Pero eso no significa que nunca vayamos a necesitar nada más.

El país de destino puede establecer sus propias normas.

También puede hacerlo un país por el que simplemente hacemos escala.

La propia Unión Europea advierte de que no existe una regla única: algunos Estados pueden solicitar autorización del otro progenitor cuando un menor viaja únicamente con uno de ellos, y las compañías aéreas pueden establecer además sus propios requisitos.

Por eso, cuando una madre viaje sola con su hijo, especialmente fuera de la UE, puede ser recomendable llevar:

  • certificado de nacimiento que acredite la filiación;
  • copia del documento de identidad de la otra madre;
  • autorización escrita de la madre que no viaja cuando el destino la exija o cuando resulte prudente;
  • y, si el país lo requiere, esa autorización notarial, traducida o legalizada.

No debemos utilizar una autorización genérica encontrada en internet y asumir que sirve para cualquier país.

¿Y si la madre que viaja es precisamente la que ese país podría no reconocer?

Aquí debemos extremar la preparación.

Imaginemos que en España ambas mujeres aparecen legalmente como madres, pero el Estado de destino no contempla la filiación de dos mujeres.

La madre no gestante viaja sola con el niño.

Su pasaporte demuestra quién es ella.

El pasaporte del niño demuestra quién es él.

Pero esos dos documentos por sí solos pueden no mostrar qué relación jurídica existe entre ambos.

Por eso el certificado de nacimiento que acredita la filiación adquiere especial importancia.

Antes de viajar convendría consultar específicamente con el consulado o embajada del país:

“Soy legalmente la madre de este menor según su certificado español de nacimiento. Viajaré sola con él. ¿Qué documentación debo presentar para acreditar mi filiación y mi capacidad para viajar y actuar como su representante?”

Es mucho mejor hacer esa pregunta antes de llegar al control de pasaportes.

“¿Y si me dicen que yo no soy su madre?”

Aquí conviene distinguir dos situaciones.

Que la legislación interna del país no contemple la doble maternidad no significa necesariamente que sus autoridades vayan a negar la validez de cualquier documento extranjero en cualquier circunstancia.

El reconocimiento de documentos, filiación y responsabilidad parental depende de la legislación del país, de los tratados internacionales aplicables y de la situación concreta.

Además, existen convenios internacionales —como el Convenio de La Haya de 1996 sobre protección de niños— que establecen mecanismos de cooperación y reconocimiento de determinadas medidas relativas a responsabilidad parental entre los Estados que forman parte de ellos.

Pero tampoco podemos asumir que nuestra filiación española producirá automáticamente exactamente los mismos efectos jurídicos en cualquier lugar del mundo.

Si una autoridad cuestiona nuestra relación con el menor, conviene mostrar la documentación acreditativa y, si el problema no se resuelve, contactar con la Embajada o Consulado de España.

¿Qué pasa si nuestro hijo necesita ir al hospital?

Esta es una de las razones por las que la cuestión no es puramente burocrática.

En España cualquiera de sus madres legalmente reconocidas puede acreditar su relación con él.

En otro Estado, especialmente fuera de la UE, puede ser más complicado que una autoridad o institución interprete inmediatamente esa filiación.

Por eso es útil llevar documentación que permita acreditar rápidamente quiénes son sus representantes legales.

Y contratar un seguro de viaje con buena cobertura médica.

Si el niño tiene una enfermedad, alergia o tratamiento relevante, también conviene llevar informes y medicación correctamente documentada.

En una urgencia médica grave, el objetivo prioritario de los profesionales sanitarios será atender al menor. Pero eso no elimina la posibilidad de que posteriormente surjan cuestiones sobre quién puede recibir información, prestar determinados consentimientos o tomar decisiones.

Cuanto más clara sea nuestra documentación, mejor.

Llevar los documentos también en el móvil

Además de los originales o copias físicas que correspondan, podemos guardar copias digitales seguras de:

pasaportes, DNI, certificado de nacimiento, seguro médico, autorizaciones y cualquier resolución importante sobre filiación o responsabilidad parental.

Y compartirlas con ambas madres.

Si perdemos una mochila o un documento durante el viaje, agradeceremos muchísimo haberlo hecho.

Registrar el viaje puede ser útil en determinados destinos

El Ministerio de Asuntos Exteriores dispone de un Registro de Viajeros para facilitar el contacto y la asistencia a españoles que se encuentren en un país extranjero en caso de emergencia.

Para un fin de semana en París probablemente no sea algo que nos preocupe especialmente.

Para determinados destinos más complejos, puede ser una precaución adicional razonable.

También es recomendable guardar los datos de contacto de la Embajada o Consulado de España correspondiente.

Una escala también cuenta

Este detalle es fácil de olvidar.

Nuestro destino final puede ser perfectamente seguro para nuestra familia, pero podemos hacer escala en un tercer país.

Las normas sobre menores, documentación y legislación LGTBI del lugar de tránsito también pueden ser relevantes.

La propia información oficial de la UE recuerda que un país de tránsito puede exigir documentación adicional aunque no la requiera el país desde el que salimos o nuestro destino final.

Por eso, al preparar un viaje, debemos mirar todo el itinerario, no únicamente dónde está nuestro hotel.

Una pequeña lista antes de viajar

Antes de salir con nuestros hijos podemos comprobar:

1. Documentación de viaje del menor.
DNI o pasaporte vigente según el destino.

2. Certificado de nacimiento.
Preferiblemente una copia reciente y valorar si necesitamos traducción, apostilla o legalización.

3. Filiación y responsabilidad parental.
Especialmente importante si viaja una sola madre.

4. Autorización de la otra madre.
Comprobar si la exige el destino, el país de tránsito o incluso la compañía aérea.

5. Legislación sobre familias LGTBI.
No basta con comprobar que la homosexualidad sea legal: interesa conocer qué reconocimiento tiene nuestra familia.

6. Recomendaciones oficiales de viaje.
Consultar siempre la información actualizada del Ministerio de Asuntos Exteriores.

7. Seguro médico.
Con cobertura suficiente para los menores.

8. Consulado o Embajada española.
Guardar teléfono y dirección antes de viajar.

9. Copias digitales.
De toda la documentación importante.

10. Escalas.
Revisar también las normas de los países por los que transitamos.

Y una última cosa: no escondamos nuestra familia en los documentos

Puede existir la tentación de pensar que, si viajamos a un país que no reconoce nuestras familias, lo más sencillo es presentar únicamente a la madre gestante o hacer pasar a la otra por una acompañante.

No deberíamos falsificar información ni ocultar datos cuando una autoridad nos pregunta legalmente por la filiación del menor.

Nuestra documentación española dice quiénes somos.

Otra cuestión distinta es la exposición pública de nuestra orientación sexual en países donde hacerlo pueda ponernos en riesgo. En esos destinos debemos conocer las leyes locales y actuar con prudencia.

Proteger nuestra intimidad no es lo mismo que falsear nuestra relación jurídica con nuestros hijos.

Ser su madre en España y viajar por el mundo

Durante años hemos hablado de conseguir que nuestras familias sean reconocidas en el país donde vivimos.

Pero tener hijos nos descubre otra dimensión del problema.

Las familias viajamos.

Nuestros hijos cruzan fronteras.

Y una filiación que en Madrid resulta absolutamente cotidiana puede encontrarse, unas horas después, con un ordenamiento jurídico construido sobre una idea completamente diferente de familia.

Dentro de la Unión Europea tenemos una protección jurídica importante: el Derecho europeo obliga a reconocer la filiación establecida en otro Estado miembro cuando sea necesario para garantizar los derechos de libre circulación del menor.

Fuera de ella no podemos hacer esa misma generalización.

Por eso no se trata de tener miedo a viajar.

Se trata de hacerlo informadas.

Saber qué derechos tenemos, llevar los documentos que acreditan quiénes somos y comprobar las reglas del lugar al que vamos.

Porque cuando viajamos con nuestros hijos llevamos pasaportes, billetes, juguetes, veinte cosas que probablemente no utilizarán y otras cinco que olvidaremos.

Pero hay algo que también conviene meter en la maleta:

los papeles que dicen algo que para nosotras es evidente: somos su familia.