Dos madres, un bebé y una licencia de paternidad: el caso que ha sacudido la justicia colombiana

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Dos madres, un bebé y una licencia de paternidad: el caso que ha sacudido la justicia colombiana
Dos madres, un bebé y una licencia de paternidad: el caso que ha sacudido la justicia colombiana

Paola aportó el óvulo, Andrea gestó a su hijo y las dos lo amamantaron. Pero cuando Paola solicitó su baja de maternidad, la entidad sanitaria le concedió una de paternidad de apenas dos semanas. Su historia llegó hasta la Corte Constitucional de Colombia, que en marzo de 2026 reconoció la vulneración de sus derechos y puso sobre la mesa una pregunta incómoda: ¿por qué las leyes siguen obligando a las familias con dos madres a encajar en los papeles de madre y padre?

Paola y Andrea querían ser madres. Para conseguirlo recurrieron al método ROPA, una técnica de reproducción asistida que permite que una mujer aporte los óvulos y su pareja geste el embarazo.

Paola aportó los óvulos. Andrea llevó a su hijo en el vientre. Y ambas se prepararon para compartir también la lactancia: Paola inició un tratamiento de inducción para poder amamantar al bebé, aunque no fuera ella quien lo gestara.

En febrero de 2025 nació Marcos —nombre utilizado en la sentencia para proteger su identidad—, pero su llegada fue mucho más complicada de lo esperado.

El niño nació prematuramente, con 35 semanas de gestación, y necesitó cuidados especializados. Andrea sufrió preeclampsia y complicaciones posteriores al parto que limitaron su capacidad para atender al recién nacido.

Paola asumió buena parte de los cuidados del bebé y de su esposa. Lo alimentaba, practicaba el contacto piel con piel y se ocupaba de las necesidades cotidianas de una familia que atravesaba un momento especialmente delicado.

Entonces llegó el problema administrativo.

Dos madres, pero una tenía que ser «el padre»

Paola trabajaba en un hospital y solicitó a su entidad promotora de salud, EPS Sanitas, que le reconociera una licencia de maternidad.

Su argumento era claro: era la madre genética del niño, participaba en su lactancia y estaba asumiendo una parte fundamental de sus cuidados.

Sin embargo, la respuesta fue que, como Andrea ya tenía reconocida la licencia de maternidad por haber gestado y dado a luz, a Paola le correspondía una licencia de paternidad.

Catorce días.

Ese fue el permiso que se le reconoció inicialmente, pese a las circunstancias médicas y familiares que había explicado.

La legislación colombiana establecía entonces, con carácter general, 18 semanas de licencia de maternidad y dos semanas de paternidad, además de modalidades de licencia parental compartida y flexible.

El problema era que el sistema no contemplaba adecuadamente una situación como la suya: dos madres biológicas, una gestante y otra genética, ambas lactantes y con responsabilidades intensas de cuidado.

Paola recurrió a la justicia.

Una batalla que llegó hasta la Corte Constitucional

Después de que las primeras instancias judiciales no reconocieran su pretensión de obtener otra licencia completa de maternidad, el caso llegó a la Corte Constitucional de Colombia.

El 26 de marzo de 2026, el tribunal dictó la Sentencia SU-068 de 2026.

Y su análisis fue especialmente relevante para las familias lesbianas.

La Corte consideró que la entidad sanitaria había aplicado automáticamente una categoría administrativa sin valorar las circunstancias particulares de Paola.

No había tenido suficientemente en cuenta que era una madre lactante, que su hijo había nacido prematuramente y que su esposa se encontraba recuperándose de complicaciones graves del parto.

El tribunal concluyó que esa actuación había producido una discriminación indirecta y vulnerado derechos relacionados con la igualdad, la seguridad social y el cuidado.

La sentencia también señaló que la entidad debía haber informado adecuadamente a Paola sobre las posibilidades de licencia parental compartida, que podían haber permitido una distribución más adecuada del tiempo de cuidado dadas las circunstancias excepcionales.

¿Significa esto que Colombia ha reconocido dos bajas completas de maternidad?

Aquí es importante hacer una precisión.

No. La Corte Constitucional no concedió a ambas mujeres dos licencias completas e independientes de 18 semanas.

El tribunal explicó que la legislación vigente no permitía a la entidad sanitaria otorgar esa segunda licencia completa.

Lo que hizo fue reconocer la vulneración de derechos provocada por la respuesta automática y estereotipada que recibió Paola, confirmar la protección de sus derechos como trabajadora lactante y ordenar que esas garantías se mantuvieran mientras continuara amamantando, dentro de los límites establecidos por la legislación colombiana.

También constató que el perjuicio sufrido durante los primeros meses de vida del niño ya no podía repararse devolviendo a la familia aquel tiempo de cuidado.

Y dio un paso especialmente importante: instó al Congreso colombiano a diseñar un sistema de licencias parentales que reconozca la diversidad de las familias y garantice una distribución más justa de los cuidados.

El problema no es cómo se llaman las madres, sino cómo están hechas las leyes

La historia de Paola y Andrea plantea una cuestión que va mucho más allá de Colombia.

Cuando las leyes se construyen pensando exclusivamente en una madre que gesta y un padre que la acompaña, ¿qué ocurre con las familias que no responden a ese modelo?

¿Qué pasa cuando dos mujeres son madres del mismo bebé?

¿Cuando ambas participan biológicamente en su nacimiento?

¿Cuando las dos amamantan?

¿Cuando una necesita recuperarse del parto y la otra debe asumir cuidados extraordinarios?

La sentencia no establece que todas las familias deban recibir necesariamente dos permisos completos de maternidad. De hecho, reconoce que diseñar un sistema de licencias implica equilibrar la recuperación de la gestante, el bienestar del menor, la corresponsabilidad y la sostenibilidad de las prestaciones.

Pero sí deja algo claro: aplicar mecánicamente un modelo de madre y padre puede producir situaciones injustas cuando no se atiende a las necesidades reales de una familia.

¿Y qué ocurre en España?

En España, la situación es diferente.

La prestación por nacimiento y cuidado de menor reconoce derechos individuales a las personas progenitoras, sin que una de las dos madres tenga que asumir administrativamente el papel de padre.

El sistema distingue las necesidades de protección de quien ha dado a luz, pero no establece que la segunda progenitora deba ser un hombre para disfrutar de su permiso.

Es una diferencia importante respecto al conflicto que vivieron Paola y Andrea.

Una sentencia que abre un debate necesario

La historia de estas dos madres comenzó con un proyecto de maternidad compartida.

Una aportó el óvulo. La otra gestó. Las dos amamantaron. Las dos cuidaron.

Pero, cuando necesitaron que las instituciones reconocieran esa realidad, se encontraron con un sistema que seguía buscando una madre y un padre.

La Corte Constitucional colombiana no resolvió definitivamente todos los vacíos legales que afectan a estas familias.

Sin embargo, reconoció que el trato recibido por Paola vulneró derechos fundamentales y reclamó cambios legislativos.

Y dejó planteada una cuestión que debería importar a cualquier sociedad que aspire a proteger a la infancia:

Si una familia tiene dos madres, ¿por qué el sistema sigue empeñado en que una de ellas tenga que ser el padre?