Dos madres y un hijo atrapado entre España y Venezuela: casi dos años sin nacionalidad

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Dos madres venezolanas en España
Dos madres venezolanas en España

El hijo de Rocío y Vanessa Pérez está a punto de cumplir dos años. Nació en España, tiene una partida de nacimiento española y en ella figuran las dos mujeres que son sus madres.

Pero no tiene pasaporte. Ni DNI. Y, según relata su familia, tampoco han conseguido que Venezuela lo inscriba y documente como ciudadano venezolano.

Su historia comienza mucho antes de su nacimiento.

“Llegamos desde Venezuela huyendo de la discriminación y la persecución, con un sueño muy claro: casarnos legalmente, vivir sin miedo y formar la familia con la que siempre soñamos”, cuenta Vanessa a Madres Lesbianas.

En España pudieron casarse y construir ese proyecto. En octubre de 2024 nació su hijo, deseado por ambas y reconocido desde el nacimiento como hijo de sus dos madres.

El problema apareció cuando intentaron conseguir su documentación venezolana.

“Si estuviera inscrito como hijo de madre soltera, sí”

Vanessa asegura que la respuesta que recibieron del Consulado venezolano fue exclusivamente telefónica.

“El Consulado de Venezuela nos dijo que no iban a inscribir al bebé porque no reconocían nuestra familia”, explica. Según su testimonio, también les comunicaron que no recibirían una negativa por escrito.

Y hubo una frase que las dejó especialmente sorprendidas.

“Nos dijeron que si estuviera inscrito como hijo de madre soltera, sí.”

Para conseguir la documentación de su hijo tendrían, por tanto, que borrar administrativamente a una de sus madres y presentar una realidad familiar diferente a la que consta legalmente en España.

Esta parte de la historia corresponde al testimonio de Vanessa y su familia. Madres Lesbianas no ha podido verificar de manera independiente esa conversación telefónica con el Consulado.

Lo que sí puede comprobarse es que el ordenamiento venezolano continúa presentando importantes carencias en el reconocimiento de las parejas del mismo sexo. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha señalado expresamente que Venezuela carece de legislación que garantice a las familias diversas una protección jurídica en condiciones de igualdad y ha instado al Estado a avanzar en su reconocimiento.

Pero la historia es jurídicamente todavía más compleja.

Para España, el niño debería ser venezolano

¿Por qué España no le concede entonces la nacionalidad española?

Porque nuestro Código Civil establece que un niño nacido en España de padres extranjeros será español de origen cuando ambos carezcan de nacionalidad o cuando la legislación de ninguno de ellos le atribuya una nacionalidad.

Es lo que se conoce como nacionalidad española con valor de simple presunción y su finalidad es, precisamente, evitar que un niño nacido en nuestro país quede apátrida.

El problema de esta familia está en la legislación venezolana.

El artículo 32 de la Constitución de Venezuela establece que son venezolanos por nacimiento quienes nacen en el extranjero y son hijos de padre y madre venezolanos por nacimiento.

Y España lleva años interpretando esta norma de manera muy clara.

En una resolución publicada en el BOE en 2006, la Dirección General de los Registros y del Notariado estudió precisamente el caso de un niño nacido en Barcelona cuyos dos progenitores eran venezolanos. España rechazó concederle la nacionalidad española porque, conforme a la Constitución venezolana, el niño ya era venezolano desde su nacimiento.

Esa interpretación continúa recogida en las instrucciones españolas sobre nacionalidad.

Sobre el papel, por tanto, no debería existir ningún problema.

Pero la familia de Vanessa asegura que en la práctica sí existe.

Cuando la ley presupone una familia heterosexual

Aquí aparece el nudo de toda la historia.

La legislación venezolana utiliza literalmente la fórmula “hijo o hija de padre venezolano por nacimiento y madre venezolana por nacimiento”.

El hijo de Vanessa no tiene padre. Tiene dos madres. Y España reconoce legalmente esa filiación.

Por eso el caso plantea una situación que las normas sobre nacionalidad pensadas para familias heterosexuales no resuelven con facilidad: España interpreta que al niño le corresponde la nacionalidad venezolana; mientras que, según denuncia su familia, las autoridades consulares venezolanas no están permitiendo materializarla respetando la identidad jurídica que el niño tiene en España.

“Venezuela lo rechaza por tener dos madres y el sistema español no termina de ampararlo”, resume Vanessa.

Venezuela ya reconoció una familia con dos madres

Hay además un antecedente especialmente relevante.

En 2016, el Tribunal Supremo de Justicia venezolano resolvió el conocido caso de Migdely Miranda y Giniveth Soto, dos venezolanas casadas en Argentina cuyo hijo había nacido mediante reproducción asistida.

La Sala Constitucional reconoció la protección de las familias homoparentales y determinó que los niños nacidos en ellas debían disfrutar de los mismos derechos y garantías que cualquier otro menor.

La resolución terminó permitiendo que el hijo de la pareja fuera inscrito con sus dos madres.

Es decir: existe incluso jurisprudencia venezolana reconociendo que una familia encabezada por dos mujeres debe recibir protección.

Sin embargo, diez años después, Vanessa asegura encontrarse precisamente ante el problema que aquella sentencia parecía destinada a evitar.

¿Es realmente un niño apátrida?

Aquí conviene hacer una precisión importante.

Vanessa habla de su hijo como un niño en una situación de “apatridia de hecho”, una expresión que describe perfectamente cómo vive la familia su realidad: ningún Estado les ha proporcionado hasta ahora documentación de nacionalidad.

Pero jurídicamente no podemos afirmar que el niño tenga reconocido en España el estatuto de apátrida.

Son cosas distintas.

España dispone de un procedimiento específico para reconocer la apatridia. El Real Decreto 865/2001 establece que puede obtener ese estatuto quien no sea considerado nacional por ningún Estado conforme a su legislación. El procedimiento corresponde a la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior.

Y ahí reaparece la misma contradicción: para determinar si existe apatridia no basta con comprobar si una persona tiene o no pasaporte. Hay que analizar si algún Estado la considera jurídicamente nacional conforme a su legislación.

En este caso, la interpretación histórica española de la Constitución venezolana juega precisamente en contra de la familia.

Dos años intentando demostrar una realidad

Mientras las administraciones interpretan leyes, hay un niño creciendo.

“Hemos ido miles de veces al Registro Civil, hemos hecho actas notariales y envíos certificados, pero seguimos chocando contra un muro de insensibilidad”, cuenta Vanessa.

Su único documento, explica, sigue siendo su certificación de nacimiento española, en la que aparecen sus dos madres.

Y esto convierte una discusión aparentemente técnica sobre nacionalidad en algo mucho más importante.

La Convención sobre los Derechos del Niño establece en su artículo 7 que todo niño tiene derecho desde que nace a un nombre y a adquirir una nacionalidad. Los Estados deben velar especialmente por la aplicación de ese derecho cuando, de otro modo, el menor pudiera quedar apátrida.

Para Vanessa y su mujer la solución tampoco puede consistir en borrar a una de ellas.

Su hijo tiene dos madres.

No es una interpretación política ni una reivindicación ideológica: es su filiación legal en España.

“Queremos contar nuestro caso para dar visibilidad a una injusticia que sufren muchas familias diversas”, explica Vanessa.

Su historia muestra además algo que conocemos demasiado bien las familias lesbianas: las leyes pueden reconocer determinados derechos y, aun así, los formularios, los consulados y las administraciones continuar funcionando bajo un único modelo de familia.

El hijo de Vanessa está a punto de cumplir dos años.

Sus madres no están pidiendo que ningún Estado invente su familia.

Solo están intentando conseguir algo bastante más elemental: que para poder darle una nacionalidad a su hijo no tengan que borrar primero a una de sus madres.